Se debe comunicar la ubicación del ambiente habilitado para archivo.
Es procedente la autenticación de los documentos escaneados cuando pueda verificarse la integridad de los datos registrados, siendo procedente la aplicación del Numeral 3 del Procedimiento para la Organización de Archivos en estos casos.
Los documentos con firma digital no requieren ser autenticados, siendo aplicables los artículos 14 y 15 del DS 3525.
Copia es la reproducción simultánea o no, de un texto de un documento original, generalmente definida por su función o por su procedimiento de realización. Es decir "Reproducción exacta de un documento"
Se debe dar cumplimiento al artículo 46 de la LGA y 104 del RLGA, por lo tanto, el endoso debe ser físico y quedar en constancia en el documento de embarque original.